Viernes 18  de  Mayo   de  2012

Regulación de los festejos populares en la comunidad extremeña

Extremadura prohibe el embolar a los toros como se hacen en Cataluña


 

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correbous

El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ha aprobado este viernes el reglamento que regula las condiciones de promoción, organización y desarrollo de los festejos taurinos populares, en el que se prohíbe expresamente el embolar las defensas de los toros.

 

En una rueda de prensa posterior, el presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara, ha explicado que la norma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2011, trata de garantizar la seguridad de las personas y de los animales, para erradicar "cualquier atisbo de maltrato".

Fernández Vara ha precisado que "formalmente" se prohíbe ahora que se puedan dar situaciones, por ejemplo, como el uso de alfileres contra el toro como ocurría en los Sanjuanes de Coria (Cáceres), lo que ya prohibió hace dos años.

Sin citar expresamente a Cataluña y el festejo de los correbous, ha indicado que no entiende cómo en algunas zonas hay un "discurso" para los toros y otro para los festejos populares.

El decreto prohíbe los festejos que consistan en embolar las defensas de las reses, prendiendo fuego al material o sustancia con que se tiene realizado el embolado, los que consistan en sujetar antorchas o elementos similares en sus cuernos, y atar reses a un punto fijo, con cadenas, sogas o de cualquier otra forma limitando su movimiento, salvo que ello sea necesario para la recogida del animal a fin de dar por concluido el festejo.

También queda prohibido realizar juegos con la res que desvirtúen el sentido lúdico, en los que se empleen artilugios o burladeros que no sean populares o tradicionales, y los impliquen riesgos para la integridad de los participantes o las reses que en ellos participen.

Los festejos taurinos populares se clasifica en encierros, suelta de reses, becerradas populares y festejos declarados tradicionales.

El reglamento define los tradicionales como aquellos cuya celebración, arraigada socialmente, se viene realizando desde hace más de cien años.

Asimismo, podrán ser declarados tradicionales los festejos taurinos populares que hayan sido declarados como fiesta de interés turístico.

El reglamento detalla los requisitos que en materia de medios técnico-sanitarios y personal facultativo se exigen para garantizar una rápida y eficaz asistencia y traslado urgente a los centros hospitalarios de los heridos en la celebración del espectáculo.

La edad mínima para participar en un festejo taurino popular será de 18 años, si bien se permitirá la participación de mayores de 16 años en festejos en los que las reses utilizadas sean machos menores de dos años y
/o vacas claramente despuntados/as de cualquier edad que no sean consideradas peligrosas.

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